VIAJANDO A ÁFRICA EN TIEMPOS DE COVD-19. NOTICIAS ACTUALIZADAS.
El gobierno de España ha ampliado la cuarentena a la llegada de varios países africanos, según la Disposición del Ministerio de Sanidad publicada en el Boletín Oficial del Estado, BOE nº 53 de 3 de Marzo de 2021 de ampliación de la Orden SND/181/2021, de 2 de marzo, sobre las condiciones de cuarentena a las que deben someterse las personas procedentes de países de riesgo, durante la actual situación de crisis sanitaria ocasionada por la pandemia del COVID-19.
El próximo 8 de marzo entra en vigor la obligación de guardar un período de cuarentena de 10 días, como medida de contención frente a las nuevas variantes del COVID-19, para los viajeros procedentes de ciertos países de África, como Tanzania, Kenia, Botswana, Sudáfrica, Mozambique, Zambia y Zimbabwe.
Este periodo de cuarentena podrá finalizar con anterioridad, sometiéndose al séptimo día una prueba diagnóstica de infección aguda con resultado negativo. Las pruebas admitidas serán la RT-PCR u otras pruebas basadas en técnicas moleculares equivalentes, así como los test de antígenos que tengan un rendimiento mínimo ≥ 90% de sensibilidad y ≥ 97% de especificidad.
Durante este período de cuarentena, las autoridades sanitarias podrán contactar con las personas que se encuentren confinadas para mantener un seguimiento. Se deberá permanecer en el domicilio, debiendo limitarse los desplazamientos, así como los contactos con terceros y se permite salir del domicilio para ciertos fines justificados:
a) Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
b) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
c) Causas de fuerza mayor o situación de necesidad.
Esta orden se establece por un periodo inicial de catorce días naturales, pudiendo ser prorrogada de mantenerse las circunstancias que la motivan.